La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que no cobrará Impuesto Sobre la Renta (ISR) ni Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las empresas que instalen una fábrica o una línea de producción en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
“Los beneficios fiscales (para las empresas) incluyen una reducción del 100% en el impuesto sobre la renta durante los primeros tres años y hasta un 90% en los tres siguientes”, informó Gabriel Yorio González, subsecretario de Hacienda y Crédito Público.
El funcionario dijo que habrá también una exención del IVA para operaciones al interior y entre los llamados Polos de Desarrollo para el Bienestar
“Estas medidas potenciarán la rentabilidad de las empresas que se establezcan en el Istmo y acelerarán la inversión en todo México”, comentó el funcionario.
Con la entrega de incentivos, el gobierno confía en atraer al Istmo de Tehuantepec inversiones nuevas en industrias como la eléctrica y electrónica, semiconductores, automotriz, incluida la electromovilidad; autopartes y equipo de transporte, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias), maquinaria y equipo, tecnologías de la información y la comunicación, metales y petroquímica.
El 14 de marzo pasado, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec quedó sectorizado a la Secretaría de Marina (Semar), dependencia que será la encargado de instrumentar la plataforma logística multimodal integrada por Coatzacoalcos, Salina Cruz, Dos Bocas, Puerto Chiapas, así como su interconexión con el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec.
Para que las empresas obtengan los incentivos fiscales deben estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como contar con título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún Polo de Desarrollo para el Bienestar.
También están obligados a presentar el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión de la superficie, así como tener su domicilio fiscal en el Polo de Desarrollo para el Bienestar donde desarrollen sus actividades económicas productivas.
Para mantener los beneficios fiscales señalados, los contribuyentes deben presentar avances en el referido proyecto de inversión y cumplir con los niveles mínimos de empleo que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo previsto en dicho proyecto y de conformidad con la actividad económica que desarrollen.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe emitir la constancia que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos anteriormente, o bien, la resolución de incumplimiento de los mismos, previa opinión emitida por el director general del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Esa opinión debe hacerse del conocimiento previo del titular de la Secretaría de Marina por parte de dicho organismo público descentralizado.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe publicar en su página de internet y actualizar semestralmente, en enero y julio de cada año, el listado de contribuyentes que realizan actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar a los que les haya emitido la constancia.
“Cuando los contribuyentes dejen de cumplir con alguno de los requisitos previstos en los lineamientos a que se refiere este artículo, dejarán de aplicar los beneficios fiscales y facilidades administrativas establecidos en el presente decreto a partir del momento en que se dé el incumplimiento”, resaltó la SHCP.