Según el INAI, a raíz de esta decisión la FGR deberá dar a conocer “la cantidad de averiguaciones previas y carpetas de investigación que ha abierto; el número de la averiguación y carpeta de investigación, el delito denunciado en cada indagatoria, la fecha de inicio de ésta, el estatus de cada una y la fecha de resolución de las que concluyeron en no ejercicio de la acción penal”.
Falta ver ahora si la FGR cumple con la orden del INAI, o si se niega en hacerlo, como lo ha hecho en el caso de su investigación sobre Odebrecht, en el que se negó de manera reiterada en acatar las órdenes del organismo autónomo, el cual llegó hasta interponer denuncias ante el Órgano Interno de Control (OIC) de la dependencia para sancionar a los funcionarios que se negaron en transparentar el expediente.