La Paz, Baja California Sur, a 15 de noviembre de 2023.- Con el propósito de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, la diputada María Guadalupe Moreno Higuera presentó iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley del Instituto Sudcaliforniano de la Diversidad.
Lo anterior, como resultado de una de las necesidades planteadas por quienes participaron en el Primer Parlamento Sudcaliforniano de la Diversidad, en el sentido de que, como es más que evidente, los mensajes de odio y discriminación por miembros de la sociedad y también de las instituciones, en todos los sentidos, son una realidad.
El Instituto Sudcaliforniano de la Diversidad, se crea como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con sede en la capital del Estado de Baja California Sur y con representación en cada uno de sus municipios.
En su intervención la legisladora de la bancada de Morena, enfatizó que no obstante la prohibición de discriminar que está plasmada en el artículo primero, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que dice: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
En ese sentido, el Instituto tendrá por objeto establecer políticas y acciones que incidan en la incorporación de la población perteneciente a la Diversidad Sexual Sudcaliforniana en la vida económica, social, política y cultural en condiciones de igualdad y perspectiva de género, promoviendo ante las autoridades e instancia competente los mecanismos necesarios para ello.
“Justamente, el hecho de que no se respete lo establecido en la Carta Magna de nuestro país, en materia del derecho de igualdad y de no discriminación, significa, a parte de una grave violación de los derechos humanos y un acto de inconstitucionalidad, – jurídicamente hablando – al mismo tiempo, representa una razón para que, quienes somos servidores públicos cumplamos con una de nuestras funciones y obligaciones constitucionalmente dispuesta también, en el numeral primero del texto constitucional en el sentido de que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”, expresó Moreno Higuera.
En ese sentido, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley y toda persona que tenga una orientación sexual y expresión e identidad de género diversa será sujeto de los derechos reconocidos por esta Ley, los cuales no podrán restringirse ni ser impedidos por prácticas discriminatorias.
Esta iniciativa, fue turnada a las Comisiones Unidas de Asuntos Fiscales y Administrativos y de Atención a Grupos Vulnerables y Discapacidad para su análisis y dictaminación.