La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) otorgará estímulos fiscales a los contribuyentes que realicen alguna actividad económica en uno de los 10 polos económicos del Istmo de Tehuantepec, de acuerdo con información publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La SHCP, a cargo de Rogelio Ramírez de la O, sostuvo que los estímulos fiscales son para detonar inversiones productivas, la creación de empleos y el crecimiento económico en los Polos de Desarrollo para el Bienestar.
Los polos económicos son espacios configurados para atraer inversión productiva y tener posicionamiento estratégico a lo largo del Istmo.
El estímulo fiscal establece que los contribuyentes no pagarán el Impuesto sobre la Renta (ISR) en los tres primeros años, a partir de que obtengan la constancia de cumplimiento por parte de la SHCP.
Posteriormente, el estímulo fiscal será del equivalente al 50% del ISR en los tres ejercicios fiscales subsecuentes o de hasta el equivalente al 90% en el caso de que se superen los niveles mínimos de empleo, en los términos de los lineamientos.
La autoridad precisó que la aplicación del estímulo fiscal no dará lugar a devolución o compensación alguna.
Además informó que el derecho para aplicar el estímulo fiscal es personal y no puede ser transmitido, ni como consecuencia de fusión o escisión.
Los contribuyentes durante seis ejercicios fiscales, contados a partir de aquel en el que obtengan la constancia de cumplimiento, pueden efectuar la deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo que utilicen en los Polos de Desarrollo para el Bienestar para realizar sus actividades económicas productivas.
En el DOF se lee que con los estímulos fiscales, los contribuyentes podrán reducir sus costos y facilitarán su operación, para así convertirse en una herramienta que reduzca la desigualdad en la región.
LaSHCP también detalló que las operaciones realizadas dentro de los polos de desarrollo, y entre ellos, estarán exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Además, se permitirá la recuperación del IVA pagado en las compras realizadas fuera de los polos durante cuatro años.
Actividades con posibilidades de tener estímulo
Los contribuyentes, personas físicas y morales, que se dediquen a una de las siguientes actividades económicas podrán ser acreedoras del estímulo fiscal.
Lo relacionado a la actividad eléctrica y electrónica, semiconductores, automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias), maquinaria y equipo, tecnologías de la información y la comunicación, metales y petroquímica, entre otras.