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Elevada a rango constitucional la relación laboral poderes públicos – trabajadores

· El pleno de BCS aprobó el dictamen a la iniciativa que adiciona el artículo 155 Bis de la Constitución de BCS, propuesto por el diputado Sergio Guluarte Ceseña

por Redacción Realidad BCS
23 mayo, 2025
en Local, Política
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Fue elevada a rango constitucional la relación laboral entre los poderes públicos y trabajadores; El pleno de BCS aprobó el dictamen a la iniciativa que adiciona el artículo 155 Bis de la Constitución de BCS, propuesto por el diputado Sergio Guluarte Ceseña.

Fue elevada a rango constitucional la relación laboral entre los poderes públicos y trabajadores; El pleno de BCS aprobó el dictamen a la iniciativa que adiciona el artículo 155 Bis de la Constitución de BCS, propuesto por el diputado Sergio Guluarte Ceseña.

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· La diputada Teresita Valentín Vázquez propuso que se agregue la garantía para reducir la brecha salarial de género

 

La Paz, B.C.S. 22 de mayo de 2025.- Fue elevada a rango constitucional la relación laboral entre los poderes del Estado y los trabajadores, luego de que el pleno de Baja California Sur aprobó el dictamen a la iniciativa que adiciona el artículo 155 Bis a la Constitución de BCS, propuesto por el diputado Sergio Guluarte Ceseña, presidente de la Comisión de Asuntos Laborales y de Previsión Social en la XVII Legislatura de BCS.

Y es que en dentro del marco jurídico estatal en sus cincuenta años de vigencia, no se encontraban previstas las relaciones jurídicas laborales entre los poderes públicos, municipios, órganos del Estados y sus trabajadoras y trabajadores.

Con la incorporación del artículo 155 Bis, además de enunciarse, se visualizará y reconocerán los derechos de las personas trabajadoras así como las obligaciones del Estado y municipios.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales determinó que si bien en las condiciones generales de trabajo se impone una obligación para el Estado, frente a esa obligación existe un derecho que se otorga al trabajador que puede exigir su cumplimiento, debiendo precisar que los derechos otorgados por las condiciones generales de trabajo, son derechos adquiridos e irrenunciables al igual que lo son aquellos que se encuentran contenidos en las leyes del trabajo y demás disposiciones legales aplicables.

La adición del artículo 155 Bis quedó definido como “Las relaciones jurídicas de trabajo entre los Titulares de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur y las personas trabajadoras a su servicio, se regirán por las leyes que expida la Legislatura, con base en lo dispuesto por los Artículos 115 fracción VIII, 116 fracción VI, y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

La diputada Teresita Valentín Vázquez propuso que se agregue la garantía para reducir la brecha salarial de género, “Estas leyes garantizarán el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres en el ámbito laboral burocrático”.

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