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Inicio Política

Proponen tipificar el acoso laboral y por razón de género en el Código Penal de BCS

· Buscan proteger a trabajadoras y trabajadores contra el acoso no sexual

por Redacción Realidad BCS
16 septiembre, 2025
en Política
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La diputada Karina Olivas Parra (PT) propuso reformar el Código Penal de Baja California Sur, con el fin de tipificar y sancionar el acoso laboral y el acoso laboral por razón de género.

La diputada Karina Olivas Parra (PT) propuso reformar el Código Penal de Baja California Sur, con el fin de tipificar y sancionar el acoso laboral y el acoso laboral por razón de género.

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La Paz, BCS, 15 de septiembre de 2025.- La diputada Karina Olivas Parra, del Partido del Trabajo, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de Baja California Sur con el objetivo de reconocer y sancionar legalmente el acoso laboral y el acoso laboral por razón de género.

La propuesta busca que este tipo de conductas ya no queden impunes y tengan consecuencias legales claras, aun cuando no tengan connotación sexual.

La iniciativa se fundamenta en leyes nacionales e internacionales que promueven el derecho a un trabajo libre de violencia, especialmente para las mujeres. Además, se apoya en datos recientes que evidencian la magnitud del problema: casi el 44% de las personas profesionistas han sufrido acoso laboral, y muchas de ellas han tenido que renunciar por estas situaciones.

Actualmente, el Código Penal de BCS solo contempla sanciones para el acoso y hostigamiento de tipo sexual, pero deja fuera otras formas de violencia laboral como humillaciones, burlas, sobrecarga de trabajo, exclusión o discriminación por razón de género. Por ello, la diputada propone crear un nuevo capítulo que incluya dos artículos: el 196 Bis y el 196 Ter.

El artículo 196 Bis definiría el acoso laboral general y establecería sanciones de 2 a 5 años de prisión y multas de hasta 300 UMA. En tanto, el artículo 196 Ter abordaría el acoso laboral por razón de género, con penas de 3 a 6 años de cárcel y multas de hasta 500 UMA.

La iniciativa también contempla agravantes. Si la víctima es menor de edad, tiene alguna discapacidad, o si el agresor es un servidor público o candidato a un cargo de elección popular, las sanciones podrían aumentar a 3 a 8 años de prisión, además de multas mayores y la inhabilitación o retiro de candidatura. La reforma aplicaría tanto en el sector público como en el privado, y en trabajos formales e informales. Entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Con esta propuesta, se busca garantizar entornos laborales más seguros, justos y libres de violencia, en los que se respeten los derechos de todas las personas, sin importar su género.

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