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Emite Congreso de BCS Código de Ética Legislativo

· Se vincula a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios

por Redacción Realidad BCS
12 abril, 2024
en Municipios
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Emite Congreso de BCS Código de Ética Legislativo, con el que el Poder Legislativo local da cumplimiento a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios.

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Emite Congreso de BCS Código de Ética Legislativo, con el que el Poder Legislativo local da cumplimiento a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios. --

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La Paz, Baja California Sur, a 09 de abril de 2024.- La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur emitió el Código de Ética del Poder Legislativo, el cual se vincula con la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios del Estado; en este código se establece su normativa interna contemplado definiciones como el acoso sexual, acoso laboral, hostigamiento, conflicto de intereses, discriminación, valores del deber en el servicio público entre otros.

El Código de Ética del Poder Legislativo fue propuesto por la Junta de Gobierno y Coordinación Política en representación de las fracciones parlamentarias, el cual fue dispensado en su trámite parlamentario y avalado con la votación unánime de integrantes del pleno.

Dicho código también fue aprobado en apego al Artículo 16 de la Ley de Servidores Públicos que indica que “Los servidores públicos deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por la Contraloría General, la Contraloría Municipal o los Órganos Internos de Control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Estatal Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño (…)”.

Se integra de diez capítulos entre los que destacan: De los Principios Rectores del Servicio Público; de los Valores del Servicio Público; de los Compromisos con el Servicio Público; Directrices que Rigen la Actuación de las Personas Servidoras Públicas; Reglas de Integridad de las Personas Servidoras Públicas, entre otros.

Cabe precisar que dicho código deberá ser validado por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción Baja California Sur, en observancia al artículo 16 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios, y posteriormente aprobado por la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado.

En la discusión la diputada Eda Palacios agradeció que se hayan incorporado sus propuestas, “La existencia de un código que regule el comportamiento ético dentro del Congreso del Estado contribuirá a la construcción de una cultura de civismo en el ejercicio de la función pública, el Código de Ética es un asunto de índole moral que debe ser la guía de todos los trabajadores de este Poder Legislativo”, expresó en tribuna.

En la discusión particular, la diputada María Luisa Ojeda González presentó una reserva referente al artículo 19 fracción primera, inciso S que señala: “Conducirse de forma ostentosa, incongruente y desproporcionada a la remuneración y apoyos que perciba con motivo del cargo”, lo cual, indicó, que afecta al derecho a la igualdad por ser una limitación injusta a los trabajadores en comparación con otros ciudadanos; impide desarrollar la forma de vida; agrede la libertad personal ya que restringe la forma en cómo se puede usar el recurso económico y desarrollar su vida personal; la expresión conducirse en forma ostentosa es subjetiva ya que no existen parámetros para medir tal proporcionalidad.

Esta reserva fue aprobada por la mayoría del pleno, por lo que el código fue aprobado en lo general y en lo particular con dicha reserva.

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